ACUERDO SOBRE RESIDENCIA PARA NACIONALES DE LOS ESTADOS PARTE DE MERCOSUR, BOLIVIA Y CHILE
(Decreto N° 6.975 de 7 de octubre de 2009)
Con base a este acuerdo internacional, el ciudadano boliviano puede acceder en el Brasil a una residencia temporal por dos años. Noventa días antes del vencimiento de este plazo, puede solicitar la transformación de residencia temporal en permanente.
Los interesados que se encuentren en situación irregular estarán exentos de multas u otras sanciones administrativas relativas a su situación migratoria.
Requisitos
- Pasaporte o Documento de Identidad válido (original y fotocopia).
- Certificado de Nacimiento, Matrimonio o de Naturalización, si fuese
el caso (original y fotocopia).
- Certificado de Antecedentes criminales o policial expedido en Bolivia,
legalizado por Consulado Brasilero o Sección Consular de la Embajada
de Brasil en Bolivia y traducción pública juramentada (en Brasil).
- Declaración jurada que no responde a proceso criminal, ni fue condenado
en el Brasil, en Bolivia o en un tercer país..
- Comprobante de entrada al Brasil (Original).
- Certificado de Inscripción Consular (Certificado de Nacionalidad).
- Dos fotos recientes a color con fondo blanco, tamaño 3 x 4 cm (sin
fecha).
- Pago de la tasas de servicio con códigos 140120 y 140082 por R$
124,23 y R$ 64,58 (www.dpf.gov.br).
- Formulario 154 llenado por el solicitante (proporcionado por la Policía
Federal).
Este trámite se realiza en dependencias de la Policía Federal, ubicadas
en la ciudad de Rio de Janeiro en el Aeropuerto Internacional Tom Jobim "Galeão",
Terminal 1, piso 3.