REVALIDACIÓN
DE PASAPORTE
El Decreto Supremo N° 0449 de 17 de marzo de
2010 autoriza a los Consulados bolivianos a revalidar
pasaportes corrientes en libreta extendiendo su vigencia
hasta el día 31 de diciembre de 2010. Es requisito
imprescindible para solicitar revalidación
que el pasaporte esté vigente o haya vencido
su vigencia por un período máximo de
un año.
VERIFICACIÓN
DE REGISTRO
En Forma previa a proceder
a la revalidación del pasaporte, el Consulado
debe verificar el registro de pasaporte del interesado
en la Base de Datos de la Dirección General
de Migración de Bolivia, para lo cual, el interesado
deberá remitir vía correo electrónico
o fax una copia de su pasaporte (página de
la foto) a la siguiente dirección:
Una vez confirmado
el registro en la Base de Datos de la Dirección
General de Migración, el interesado debe presentarse
en el Consulado de Bolivia portando lo siguiente:
- Pasaporte.
- Comprobante de depósito por US$ 15,00
en la cuenta corriente del Consulado General: Banco
Itaú Personnalité (Av. Rio Branco
110), Agencia 7041, Cuenta 0001.5031-8.